III
En consecuencia y por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL, seguido por el ciudadano MILAD AL HAMAD, titular de la cédula de identidad Nº E-80.402.966, en su condición de Presidente de Inversiones 2008 MI, C.A, contra la ciudadana ROJAS JIMENEZ BEATRIZ ELENA, titular de la cédula de identidad Nº 5.872.160, sobre un vehículo de las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL; MARCA: TOYOTA; MODELO COROLLA XEI 1.8/ ZZE142L-GEPDKF; TIPO SEDAN; SERIAL DE CARROCERIA: 8XBBA42E497802119; SERIAL DEL MOTOR: 1ZZ3191001; AÑO: 2.009; COLOR: PLATA; PLACA: AA281IJ; USO: PARTICULAR, y así se decide.
Se condena en costas a la parte actora de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimient.....