la aceptación de la ciudadana: JENIFER ANDREA PUERTA ALVARADO, cursante al folio 08, donde se compromete el padre de los niños: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, el cual asumió la responsabilidad de consignar la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 280,oo) mensual, equivalente a SETENTA BOLIVARES (Bs. 70,oo) semanal, para cubrir gastos de alimentación, lo concerniente a gastos propios de la época decembrina, médico y medicinas cuando el caso lo amerite; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, de conformidad con el artículo 8 de la L.O.P.N.A.