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Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda de reconocimiento de unión concubinaria incoada por la ciudadana ROSA ELENA CARPIO GARCIA contra el ciudadano JOEL RAFAEL GONZALEZ GONZALEZ, ambos identificados con anterioridad, en consecuencia, se declara improcedente la solicitud subsidiaria de partición de comunidad concubinaria peticionada también en el libelo. Como efecto de esta decisión se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por el Tribunal conforme al auto del 25 de Septiembre de 2002 que encabeza el cuaderno de medidas y el de 14 de Enero de 2003 sobre el cincuenta por cierto (50%) de los bienes que allí se indican, lo cual se ordena notificar al Registrad.....