declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO planteado por el actor de autos, en contra de la Entidad de Trabajo FERIA DE LAS HORTALIZAS LOS ANDES, identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF) Nº V-10740160-8 y el ciudadano EDWIN ALBERTO PEÑA PERNÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.220.924,por lo que se ordena la remisión del expediente a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial del Trabajo, para su correspondiente envío al Archivo Judicial Inactivo. Así mismo, se deja sin efecto los carteles de notificación librados en fecha dieciocho (18) de febrero de 2025 y se ordena a la Unidad de Alguacilazgo la devolución de los mismos.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución adscrito a esta Circunscripción Judicial del Estado.....