"Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA, intentó el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), a través de su apoderada judicial abogada ROSA MARIA VERMIGLIO, contra el ciudadano MIGUEL ANGEL CARRERO SANCHEZ, ambos identificados plenamente en el cuerpo del presente fallo y como consecuencia de ello declara RESUELTO el contrato de compra venta celebrado entre ellos sobre el inmueble ubicado en el sector 06, calle 13, casa N° 01, Urbanización Monseñor Chacin Soto, Valle de la Pascua, Municipios Leonardo Infante, Estado Guárico, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa N° 02 de la calle 11, SUR: Con calle 13, ESTE: Con la aven.....