PRIMERO: Se Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de pensión de alimento intentada por la Ciudadana YGLAVIA JOSEFINA JARAMILLO PEREIRA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 9.913.558, domiciliada en Valle de la Pascua, actuando como madre de la niña CAROLG ESTEFANIA y del adolescente JUAN CARLOS PINO JARAMILLO. Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación intentada por la parte demandada Ciudadano JUAN CARLOS PINO ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.255.653, domiciliado en Valle de la Pascua. Se REVOCA en su totalidad el fallo de la recurrida emanada del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sala de Juicio – Juez Unipersonal N° 2, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 22 de Marzo de 2.006. Se fija a favor de la niña y del adolescente una pensión de alimentos montante a la cantidad de CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. .....