DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ut supra transcritos, en virtud de que la parte demandada no probó el derecho de propiedad opuesto ni la respectiva autenticidad del documento de venta privado de los derechos sobre el inmueble objeto del Título Supletorio, el cual es objeto de la pretensión del actos; así como por cuanto la pretensión de los actores no es contraria a derecho y probaron en juicio respectivo derecho de propiedad sobre el inmueble; pero considerando la innecesaria impugnación del Título Supletorio por su naturaleza legal, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, de conformidad con el artículo 253 constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción Intentada de Nulidad de Título Supletorio y respectivo Asiento Registral, protocolizado por el ciudadano Ge.....