Por todo lo antes expuesto éste Tribunal de Juicio No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, actuando bajo la modalidad de Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECIDE:
PRIMERO: Admite en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Guárico, en contra del ciudadano NELSON WILFREDO TOVAR, por la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 09 de la Ley sobre Armas y Explosivos, por considerar que la acusación presentada por el Ministerio Público reúne las exigencias contenida en los artículos 326 y 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten todos los medios de prueba presentados por el Ministerio Publico, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. T.....