Este Tribunal para Decidir observa: al constatarse la fecha de culminación de la sanción y el fiel cumplimiento de las obligaciones que fueron impuestas y las condiciones propuestas, procedente y ajustado a derecho decretar la Cesación del asunto a la ciudadana: IDENTIDAD OMITIDA,(adolescente al momento de ocurrir los hechos). por cumplimiento de la sanción todo de conformidad con el articulo 645, 646 y 647 literal ¿h¿ de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y las consecuencias penales del mismo .Así se decide.
DISPOSITIVA
Por lo que antecede, este Juzgado Primero de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente Pronunciamiento, Único: Se Decreta: la cesación de la sanción impuesta a la ciudadana: IDENTIDAD OMITIDA,(adolescente al momento de ocurrir los hechos). Es.....