Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION suscrito por el abogado JUAN JOSE SUAREZ MUÑOZ, actuando como apoderado judicial de la parte actora; Sociedad Mercantil CENTRO DE ARCHIVOS AC, C.A.; se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.