Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del estado Guarico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio con fundamento en el Artículo 185–A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial civil existente entre los ciudadanos SILBERIO RIVERO MARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 6.838.462, y LILIA DE JESUS HERRERA HURTADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 6.546.091, que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Acevedo del Estado Miranda, según copia certificada de Acta de Matrimonio Nro. 11 de fecha 14/12/1994. Dicha Acta de Matrimonio fue consignada y cursa el folio cinco (05).-
Conforme lo d.....