En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al desistimiento del procedimiento efectuado el día 09 de febrero de 2015, suscrita por el abogado Ángel Rafael Morillo Raya, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 16.263 con el carácter apoderado Judicial de la parte actora ciudadano Martín Feliciano Morillo Raya, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nº V-3.580.374, domiciliado en el predio denominado La Lucha, ubicado en el Sector Palo Quemado, Parroquia Camaguán, Municipio Camaguán del estado Guarico, de la demanda de Acción de Procedimientos de Desocupación o Desalojos de Fundos, otorgándole su Aprobación, en consecuencia se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo.....