DISPOSITIVA
Por todo lo precedentemente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguientes pronunciamiento: ÚNICO: Se Declara DESISTIDO, el recurso de apelación de autos ejercido en el asunto Nº JP01-R-2009-000224, planteado por la abogada MARYDEE RODRIGUEZ CARRILLO, Defensora Pública Penal Octava (8ª), adscrita a la Unidad de Defensa Pública de San Juan de los Morros, quien funge como representante de los derechos e intereses personales, legítimos y directos del ciudadano RAFAEL ENRIQUE BANDRES NADALES, contra el Auto Interlocutorio dictado el 28 de septiembre del 2009, por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, Estado Guarico, en la que se decretó ARRESTO DOMICILIARIO a su patrocinado, de conformidad con lo previsto en el articulo 431 del Código Orgánico Pr.....