Por las razones de Hecho y de Derecho anteriormente expuestas este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR, la Recusación intentada por la ciudadana ANGELA ROSA FARIA, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 13.115.270, contra el Juez del Juzgado A-Quo, Dr. ANTONIO JOSE FLORES MUÑOZ, y así se Decide.
De conformidad con el Artículo 98 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena a la recusante al pago de una multa de DOS MIL BOLIVARES (2.000,00 Bs.)
Publíquese, Regístrese Y Déjese Copia Autorizada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico a los Doce (12) días del .....