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Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente demanda intentada por el abogado RAFAEL CELESTINO TORREALBA INFANTE, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUZ MIRLA ZAMBRANO MARIN, contra la Sucesión de SILVA MANUEL, en la persona de los ciudadanos PEÑA DE SILVA EYRA, GUADALUPE SILVA, ALANA SILVA y GABRIELA SILVA, por haber operado la caducidad legal de la acción cambiaria, y así se decide.
Se condena a la parte actora al pago de las costas procesales, todo de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud de que la presente sentencia fue dictada fuera del lapso legal, debido al gran cúmulo de trabajo existente en este Tribunal, es por lo que se ord.....