DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide: ÚNICO: Se declara al Juzgado Primero (1º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede Valle de la Pascua, competente para conocer la causa JP01-P-2016-000941, que se le sigue al ciudadano Ramón Eduardo Martínez Caldera.