PRIMERO: Se hace un llamado de atención a las Jueces que componen el Tribunal con Competencia en materia de Niños y Adolescentes, para que no incurran nuevamente en desordenes procesales en la sustanciación de los juicios, conforme lo establece la motiva del presente fallo. Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación intentada por la parte demandada Ciudadano JOSE GREGORIO VELASQUEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.885.331, con domicilio en esta ciudad. En consecuencia, se declara CON LUGAR la oposición realizada por el Intimado – Recurrente al decreto cautelar emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Juez Unipersonal N° 1, de fecha 22 de Marzo de 2005, el cual se REVOCA por el presente fallo conforme a la Doctrina expuesta en la presente motiva. Déjese sin efecto las medidas decretadas conforme al referido mandamiento de embargo. Se declara SIN LUGAR, la oposición.....