Se publico decisión en la la cual se acordo como Flagrante la detención del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le impuso , Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en los literales "c", "d", "e" y "f" del artículo 582 de la ley especial, Se Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia ordena la remisión de las actuaciones a la fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal Se acuerda la libertad del adolescente antes mencionado, desde esta misma sala de audiencias. Se ordena librar oficio al INAM de Altagracia de Orituco Estado Guarico. Informándole sobre las presentaciones impuesta al imputado adolescente. Se ordena notificar alas parte