Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos MONICA BEATRIZ VALARINO y GERARDO ADALBERTO NICOLATO, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188 y 189 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha dieciocho (18) de marzo del año dos mil cinco (2005), ante la Primera Autoridad Civil del Consejo Municipal de Baruta, Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 39, expedida por la misma autoridad.-