Por los razonamientos anteriormente expresados este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad expresa de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y LA EXTINCION DEL PROCESO, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA, seguido por CECILIA ANTONIA PULIDO DE GUZMAN Y OTROS, contra los ciudadanos FRANCISCO MARIO ARANGO Y ZOILA JOSEFINA ARGOTE DE ARANGO, ambas partes identificadas en encabezamiento de esta sentencia, lo que se dictamina de acuerdo a lo establecido en el artículo 267.3 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARI.....