Pronunciamientos: PRIMERO: Se decretan los hechos como flagrantes. SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la presente causa por las reglas del PROCEDIMIENTO ESPECIAL Y ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 94 y siguientes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con lo pautado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se impone al imputado LUIS MANUEL NAVAS HIDALGO, ampliamente identificado en autos, la aplicación de MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y DE SEGURIDAD, así como también, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, de las establecidas en los numerales 5., 6. y 13. del artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con lo establecido en el numeral 3. del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a u.....