En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: AUTORIZA a la ciudadana MIRELLA JOSEFINA HERNÁNDEZ DE OTTAVIANI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, casada y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.167.825, a SEPARARSE TEMPORALMENTE DEL HOGAR CONYUGAL; y en consecuencia, por el período de un (1) año contado a partir de la presente fecha, podrá constituir nuevo domicilio temporal en la siguiente dirección: Calle Principal de Barrio Unión, Sector Vuelta del Beso Casa Nro. 08, Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, todo de conformidad con el artículo 138 del Código Civil.
Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribun.....