INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA: Se declaro: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ADELCADER ALBERTO TOVAR MEDINA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 97.062, actuando en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano: ALCIDES DEL CARMEN TABARES, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 843.141, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Guarico, en fecha 11 de Noviembre de 2014, en el expediente Nº JP41-V-2010-000248. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia apelada