En base a los razonamientos de los hechos y de derecho expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demandada por Desalojo, intentada en la presente causa por el ciudadano Abogado ATAHUALPA MARTINEZ, actuando como apoderado judicial de la ciudadana: GLORIA GUILLERMINA MARTEL DE OSORIO, contra el ciudadano JOSE RAUL SALMERON CASTILLO, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Declara confesa a la parte demandada de conformidad con el Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Condena a la parte demandada al desalojo del inmueble arrendado el cual forma parte de una edificación mayor ubicado en la Calle Atascosa Oeste Con Calle Manapire de esta ciudad, en el lindero Oeste de la edificación m.....