Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JESUS MANUEL PEREIRA, JUAN DOMINGO RIVERO, MANUEL EUFRACIO ROJAS, y CARLOS RAFAEL BLANCO, ya identificados, contra la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., ya identificada, SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.