Se declaró Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado David Ricardo Carrizalez Gualta, en su condición de defensor privado del ciudadano Jhonny Ramón Graterol Carle, donde aparece como presunto agraviante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Sede San Juan de los Morros, presidido por el Juez abogado Richard José Ramírez Zambrano, en el asunto Nº JP01-P-2018-001795, todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y el criterio jurisprudencial up supra citado.