Atendiendo a lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos BEXI CAROLINA GONZALEZ y OCTAVIO MONTERO BLANCO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nros V-6.253.290 y V-10.090.841, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraído. Y ASI SE DECIDE.