Por todo lo anteS expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la excepcionada-recurrente Ciudadano WOLFANG MIGUEL LORETO DELGADO, venezolano, mayor de edad, soltero, de ocupación productor agropecuario, titular de la cédula de identidad Nº V-8.790.169, domiciliado en la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, en el cuaderno cautelar del Juicio de Divorcio, seguido por la accionante, Ciudadana ANA JULIA SUÁREZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad Nº V-5.223.241, domiciliada en el Área Metropolitana de Caracas, en contra del accionado. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.....