El tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia DISUELTO el vinculo matrimonial existentes entre los ciudadanos ENDRINA AMANDA BELLO BRAVO y RAMON CELESTINO RIOS SALOMON, venezolanos, mayores de edad, con domicilio la primera de los nombrados en Calle Santa Rosa N° 28-A de esta ciudad de San Juan de los Morros Estado Guarico y el segundo nombrado en Calle La Vigía N° 125 de la población de Valle de la Pascua de este mismo Estado, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 9.438.140 y V- 16.505.021, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, el cual contrajeron en fecha 26 de Noviembre del año 2009, por ante el Registro Civil de la Parroquia Foránea El Rastro, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guarico, como se evidencia del acta de matrimonio que riela al folio Dos (02) del exp.....