-III-
DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y bienes existente entre de los ciudadanos: WUILMER JOSÉ PINEDA CARRASCO e YSKANDA ZULEYMA RODRÍGUEZ ARIAS DE PINEDA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.269.773 y V-18.442.476, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Juzgado Décimo Noveno de Municipio del Área metropolitana de Caracas, en fecha veintiséis (26) de marzo del año 2009, según consta de acta de matrimonio Nº 09, del libro de matrimonios correspondientes al año 2009.-
Por cuanto los cónyuges manifestaron que no adquirieron bienes durante su unión conyugal, no.....