PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Regulación de la Competencia interpuesta por el recurrente Ciudadano ROGER ENRIQUE HERRERA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.070.881, domiciliado en la población de Altagracia de Orituco, del Estado Guárico. Se CONFIRMA el auto de la recurrida Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nro 1, de fecha 24 de enero de 2005 declarándose competente para conocer de la presente causa, de conformidad con el artículo 756 del Código Adjetivo Civil, al Juzgado con competencia territorial, Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Ocumare del Tuy, y así, se decide. De conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar del presente fallo al Tribunal de la recurrida y remitir el pr.....