Pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta, el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en artículo 373 del Código Orgánico Procesal, así como la aprehensión en flagrancia, con fundamento en el artículo 248 eiusdem.
SEGUNDO: Decreta, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD en contra de la presunta imputada ISMAR COROMOTO QUEVEDO BRICEÑO, de la establecida en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarla incursa en la presunta comisión del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción, con discrepancia en la precalificación jurídica aportada por el Ministerio Público, en perjuicio de la ciudadana Irina del Pilar Bello Bermúdez y del Estado Venezolano.
TERCERO: Se declara, la libertad inmediata y condicionada de la presunta imputada antes referida, desde la sala de audiencias.