Se dictan los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano, MIGUEL EDUARDO CASTRO, quien es venezolano, DE 18 de edad, soltero, de profesión indefinida, titular de la cédula de identidad número 15.082.601, domiciliado avenida José Félix Ribas casa N°5., de esta ciudad; y en consecuencia, declara Extinta la acción penal, a tenor de lo pautado en los artículos 44 y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta el cese de las medidas cautelares acordadas en beneficio del acusado.-