De la revisión de modelo organizacional Juris 2000, se desprende que la ciudadana Osledy Coromoto Ángel, ha cumplido cabalmente con el régimen de presentaciones impuestas por el tribunal de control señalado, asimismo se desprende de las actuaciones procesales que la acusada ha comparecido cabalmente con el llamado al tribunal las veces que lo ha requerido, tal y como consta en las actas cursantes al legajo que conforma la presente causa, por lo que considera este despacho procedente lo solicitado, declarando con lugar el presente petitorio, extendiéndose el lapso de presentaciones de la ciudadana Osledy Coromoto Ángel, cada Quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, del punto previo y de la extensión del régimen de presentaciones. Ofíciese a la Unidad del Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, para que inserte en la respe.....