Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentó el ciudadano HECTOR HERNANDEZ, asistido en este acto por la Abogada CARMEN NORELLYS ALVAREZ RODRIGUEZ, I.P.S.A. N°. 20.265, en su carácter de Procuradora de los Trabajadores en San Juan de los Morros, Estado Guárico contra la CONSTRUCTORA PROCAC, en la persona del empleador ciudadano RAFAEL ANTONIO ARISMENDI MERCADO, quien responderá de las obligaciones laborales contraídas, todos identificados en autos. Y condena a este ultimo a cancelar el monto de las prestaciones sociales que le corresponden los cuales ascienden a la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00/ 100 CENTIMOS (Bs. 300.000,00) por concepto de beneficios derivados de la relación l.....