PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte Co ¿ Accionada, Ciudadano PABLO BOLIVAR CARRASQUEL, venezolano, mayor de edad, abogado y titular de la Cedula de identidad N° 3.640.391 y, por ende se NIEGA la reposición de la causa al estado de sustanciarse la presente pretensión a través del procedimiento contencioso ¿ administrativo de nulidad de actos administrativos de efectos particulares establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua de fecha 22 de abril de 2009, y se afirma que las Acciones de Nulidad Registral se sustancian ante los Tribunales Civiles de la competencia territorial del registro cuya nulidad de asiento se solicita, a través del procedimiento ordinario establecido en el artículo 338 del Código de P.....