V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN INTENTADO POR DECAIMIENTO DEL OBJETO, interpuesto por la Defensora Publico Penal ABG. FLOR ANGEL BARRIOS HERRERA actuando en el carácter de defensora del adolescente R. A. C. L (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes), en la causa Nº JPO1-D-2014-000153, nomenclatura del Tribunal Primero en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, signada en esta Superior Instancia bajo el Nº JPO1-R-2014-000061, contra la decisión dictada, y publicada en fecha 02 de Marzo del año 2014, mediante la.....