DECRETA: LA ACUMULACIÓN DE LOS ASUNTOS PENALES, números: JP01-P-2008-000308 y JP01-P-2008-001904 (ésta última proveniente del Tribunal Segundo (2°) de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y sede), de conformidad con el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón del principio de la unidad del proceso, en concordancia con lo pautado en los artículos 70 numeral 4., 71 numeral 2. y 72 eiusdem; quedando en definitiva, signado el asunto jurídico penal, con el Nº JP01-P-2008-000308.