VII
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 12, 15, 242, 243, 506 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demandada que por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, inició el Abogado ROMULO ANTONIO HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.796.044, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 86.299, actuando en nombre y representación del ciudadano BONIFACIO TORRES GORRIN, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.633.154, en su condición de Presidente de la Firma Mercantil “ESTACION DE SERVICIO.....