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Decisiones del dia 13/12/2010 |
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N° Expediente :
JP11-P-2009-001384
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Nuevo Computo Por Redencion De Pena |
Partes: PENADO: RICHARD RAFAEL MACHADO JIMÉNEZ. |
Resumen:
Con vista a la anterior REDENCIÓN DE PENA, de esta misma fecha, se procede a realizar nuevo cómputo:
PENA: 06 AÑOS DE PRISIÓN
TIEMPO DE DETENCIÓN: 01 AÑO, 02 MESES, 21 DÍAS.
TIEMPO REDIMIDO : 06 MESES, 17 DÍAS.
TOTAL DETENCIÓN MAS REDENCION: 01 AÑO, 09 MESES, 08 DÍAS.
LE FALTA: 04 AÑOS, 02 MESES, 22 DÍAS.
FECHA DE CUMPLIMIENTO PENA: 05 DE MARZO 2015, salvo que continúe redimiendo la pena impuesta. ASÌ SE DECIDE.
El mencionado penado opta al Destacamento de Trabajo. En consecuencia se ordena la practica de la siguiente diligencia: 1.- Solicitud de evaluación psico social a la Unidad Técnica de San Fernando de Apure, Estado Apure y a la Dirección del Internado Judicial donde se encuentra recluido. 2.- Solicitar información sobre alguna otra causa ante este Circuito, al Archivo Central. Régimen Abierto: 12-03-2011. Libertad Condicional: 05-03-2013. Confinamiento: 05-09-13. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2006-002349
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Permiso Especial Por Navidad |
Partes: PENADO: YELITZA COROMOTO LIENDO |
Resumen:
Este Tribunal, sobre la base de los artículos 272 Constitucional, artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y la Ley de Régimen Penitenciario, acuerda conceder permiso a la penada-destacamentaria, en las mismas condiciones que el concausa Omar Pineda, es decir desde el 23-12-2010 al 25-12-2010, ambas fechas inclusive, debiendo retornar al Centro de Reclusión antes mencionado el día 26-12-2010. Asimismo desde el 30-12-2010 al 03-01-2011, ambas fechas inclusive, debiendo retornar al mencionado Centro el día 04-01-2011; con la finalidad de compartir el asueto navideño con su núcleo familiar, estrictamente en su lugar de residencia. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2008-002135
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Nuevo Computo Por Redencion De Pena |
Partes: PENADO: CÉSAR JOSÉ GARNIER CEDEÑO. |
Resumen:
Con vista a la anterior REDENCIÓN DE PENA, de esta misma fecha, se procede a realizar nuevo cómputo:
PENA: 04 AÑOS DE PRISIÓN
TIEMPO DE DETENCIÓN: 01 AÑO, 11 MESES, 16 DÍAS.
TIEMPO REDIMIDO : 11 MESES, 01 DÍA.
TOTAL DETENCIÓN MAS REDENCION: 02 AÑOS, 10 MESES, 17 DÍAS.
LE FALTA: 01 AÑO, 01 MESE, 13 DÍAS.
FECHA DE CUMPLIMIENTO PENA: 26 DE ENERO 2012, salvo que continúe redimiendo la pena impuesta. ASÌ SE DECIDE.
El mencionado penado opta a la Libertad Condicional por haber cumplido mas de las 2/3 partes de la pena impuesta. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2008-002135
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Redención De La Pena |
Partes: PENADO: CÉSAR JOSÉ GARNIER CEDEÑO. |
Resumen:
Por todos lo antes expuesto, este Tribual Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA, al penado CÉSAR JOSÉ GARNIER CEDEÑO, en un tiempo de 11 meses, 01 día, de conformidad con lo establecido en el artículo 482, parte in fine, del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2006-002349
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Permiso Especial Al Penado |
Partes: PENADO: YELITZA COROMOTO LIENDO |
Resumen:
Este Tribunal, sobre la base de los artículos 272 Constitucional, artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y la Ley de Régimen Penitenciario, acuerda conceder permiso a la penada-destacamentaria, en las mismas condiciones que el concausa Omar Pineda, es decir desde el 23-12-2010 al 25-12-2010, ambas fechas inclusive, debiendo retornar al Centro de Reclusión antes mencionado el día 26-12-2010. Asimismo desde el 30-12-2010 al 03-01-2011, ambas fechas inclusive, debiendo retornar al mencionado Centro el día 04-01-2011; con la finalidad de compartir el asueto navideño con su núcleo familiar, estrictamente en su lugar de residencia. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2009-001384
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: PENADO: RICHARD RAFAEL MACHADO JIMÉNEZ. |
Resumen:
Por todos lo antes expuesto, este Tribual Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA, al penado RICHARD RAFAEL MACHADO JIMÉNEZ, en un tiempo de 06 meses, 17 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 482, parte in fine, del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2008-002135
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Ejecución De Sentencia |
Partes: PENADO: CÉSAR JOSÉ GARNIER CEDEÑO. |
Resumen:
Con vista a la anterior REDENCIÓN DE PENA, de esta misma fecha, se procede a realizar nuevo cómputo:
PENA: 04 AÑOS DE PRISIÓN
TIEMPO DE DETENCIÓN: 01 AÑO, 11 MESES, 16 DÍAS.
TIEMPO REDIMIDO : 11 MESES, 01 DÍA.
TOTAL DETENCIÓN MAS REDENCION: 02 AÑOS, 10 MESES, 17 DÍAS.
LE FALTA: 01 AÑO, 01 MESE, 13 DÍAS.
FECHA DE CUMPLIMIENTO PENA: 26 DE ENERO 2012, salvo que continúe redimiendo la pena impuesta. ASÌ SE DECIDE.
El mencionado penado opta a la Libertad Condicional por haber cumplido mas de las 2/3 partes de la pena impuesta. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2008-002135
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: PENADO: CÉSAR JOSÉ GARNIER CEDEÑO. |
Resumen:
Por todos lo antes expuesto, este Tribual Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA, al penado CÉSAR JOSÉ GARNIER CEDEÑO, en un tiempo de 11 meses, 01 día, de conformidad con lo establecido en el artículo 482, parte in fine, del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2009-001384
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: PENADO: RICHARD RAFAEL MACHADO JIMÉNEZ. |
Resumen:
Por todos lo antes expuesto, este Tribual Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA, al penado RICHARD RAFAEL MACHADO JIMÉNEZ, en un tiempo de 06 meses, 17 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 482, parte in fine, del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio. Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido, dèjese copia certificada en el archivo de este Tribunal. Remìtase copia certificada al Centro de Reclusión. CÚMPLASE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente :
JP11-P-2006-002349
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2010 |
Procedimiento: Permiso Especial |
Partes: PENADO: YELITZA COROMOTO LIENDO |
Resumen:
Este Tribunal, sobre la base de los artículos 272 Constitucional, artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y la Ley de Régimen Penitenciario, acuerda conceder permiso a la penada-destacamentaria, en las mismas condiciones que el concausa Omar Pineda, es decir desde el 23-12-2010 al 25-12-2010, ambas fechas inclusive, debiendo retornar al Centro de Reclusión antes mencionado el día 26-12-2010. Asimismo desde el 30-12-2010 al 03-01-2011, ambas fechas inclusive, debiendo retornar al mencionado Centro el día 04-01-2011; con la finalidad de compartir el asueto navideño con su núcleo familiar, estrictamente en su lugar de residencia. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Daysy Caro
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Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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