PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Perención de la Instancia en la presente causa correspondiente a la demanda por REIVINDICACION intentada por el ciudadano Abogado, HONORIO PERNALETE D., en su carácter de Apoderado Judicial del INSTITUTO DE CREDITO AGRICOLA Y PECUARIO (ICAP), ya identificado, contra los ciudadanos ANA MARTINEZ DE SANCHEZ, HECTOR ANTONIO SANCHEZ MARTINEZ, DIEGO RAMON SANCHEZ MARTINEZ, BRAULIO JOSE SANCHEZ, MIRURGIA SANCHEZ MARTINEZ, INES MARIA SANCHEZ MARTINEZ Y RICHARD JOSE SANCHEZ MARTINEZ, también identificados.-
SEGUNDO: Se da por terminado el presente proceso, en las condiciones establecidas en el artículo 270 eiusdem.-
TERCERO: En atención a los establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar en derecho la condena en costas.-
Notifíquese a las partes y al Procurador General de la Republica.