Se dictó Sentencia Definitiva, mediante el cual se declaró, en forma sumaria RECTIFICA el Acta de Matrimonio, asentada con el Nº 341, el trece (13) de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994), ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, respecto al primer nombre del ciudadano Eduard Alfredo Ávila Blanco, por cuanto se colocó al final del primer nombre la vocal "O", cuanto ha de terminar en la consonante "D", es decir, se asentó como "EDUARDO", cuando su nombre correcto es "EDUARD ".
Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil, una vez ejecutoriada la sentencia, se insertará íntegra en los Registros, sin hacer alteración de la partida rectificada, poniendo a su margen la nota marginal correspondiente.
Líbrense los oficios a los Registros respectivos, anexándoles copias cert.....