Por los razonamientos anteriores, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ORDENA la PRIVACIÓN JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD de ANTONIO RAMÓN MORENO REDONDO y WILLIANS ALEXIS RAMÍREZ GARCÍA, ya identificados suficientemente en autos, a quienes se les atribuye la presunta comisión de los Delitos de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, actualmente en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Sociedad Venezolana, y por la comisión del delito de PECULADO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Contra la Corrupción, en per.....