DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se declara CON LUGAR la solicitud fiscal y se le concede una de prórroga de QUINCE DIAS CONTINUOS para presentar acto conclusivo en asunto seguido en contra del ciudadano VÁSQUEZ HERRERA EDISON ANTONIO, ampliamente identificado, contados a partir del vencimiento del lapso original de haber sido decretada la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, ello es hasta el día 10.03.2011 hasta las 08:00 horas de la noche, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia .-
Regístrese, publíquese lo decidido, notifíquese a las partes.
LA JUEZA,
ABG. MILAGROS LADERA HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,.....