En consecuencia, y en virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada da por terminado el presente juicio, dejando a salvo los derechos de terceros. Se deja sin efecto la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en el presente juicio y se ordena oficiar la conducente al Registrador Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda. Asimismo se acuerda devolver por secretaria los originales solicitados previa certificación en autos.-
Publíquese incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Ju.....