En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA:
1.- Su COMPETENCIA para conocer de la Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad interpuesta por la ciudadana BELKYS JOSEFINA VILORIA DE CASTRO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-9.921.923 debidamente asistida por la profesional del derecho NELIDA MARGARITA MAITA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.792.993 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 38.002 contra la contra la Providencia Administrativa número 17-2017 emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE VALLE DE LA PASCUA, ESTADO GUÁRICO.
2.- SE ADMITE el recurso contencioso-administrativo de anulación ejercido contra la Providencia Administrativa número 17-2017 eman.....