por consecuencia, declara nulo el documento reconocido en fecha 18-07-2002, presentado bajo el N°.78, por ante el Registro Inmobiliario de esta ciudad de Altagracia de Orituco, se ordena pagar la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.4.500.000), valor éste de estimación de la demanda y se condena en costa al demandado, de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.- Diarícese. Publíquese. Expídase copia certificada para el copiador de sentencias de este Tribunal.-Dada firmada y sellada en el Recinto del Juzgado, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil cinco. Siendo la 1:00 p.m.- Años: 194 de la independencia y 146 de la federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
AB. JESUS EDUARDO MORENO G.
EL SECRETARIO,
ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.
En la misma fecha, siendo la.....