Por lo que antecede, este Juzgado Primero de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente Pronunciamiento, Único: Se Decreta: la cesación de la sanción impuesta al joven: (omitida identidad). venezolano, de 18 años, nacido en fecha 17/10/1986, en Valle de la Pascua Estado Guárico, conforme a lo establecido en los dispositivos 645,646 y 647 literal ¿h¿ de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y las consecuencias penales del mismo. Publíquese. Regístrese. Notifíquese a las partes. Archivese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ,
CARMEN E MALDONADO