DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Guarico con sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: NEGAR como en efecto lo hace, a el penado TOMAS RAUL ARREAZA, titular de la cédula de identidad N° V-13.448.342, la conmutación de la pena que le falta por cumplir en confinamiento, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código penal y 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese, Cúmplase.
LA JUEZ.
YAJAIRA MORA BRAVO.
LA SECRETARIO.
MARIELA LOPEZ.