Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte solicitante ciudadano FRANCISCO JAVIER DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.795.482, con domicilio en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda, estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo recurrido dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 27 de Enero de 2017, que declaró sobreseído el procedimiento de solicitud de Únicos y Universales Herederos y así se decide.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas y así se establece.
Publíquese, .....